jueves, 9 de junio de 2016

“Programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados”




DE IMPERDIBLE, Y CASI OBLIGATORIA LECTURA, PARA TODOS: TRABAJADORES, JUBILADOS, PROFESIONALES, ESTUDIANTES, AMAS DE CASA, COMERCIANTES, EMPRESARIOS, CIENTÍFICOS Y POR QUÉ NO DIRIGENTES POLÍTICOS. Les permitirá comprender la magnitud de lo que se está discutiendo en el Congreso y sus consecuencias, no solo en el ya y ahora, sino también en el devenir inmediato.

Buenos Aires, 7 de junio de 2016
Estimado Presidente, Espero que este correo lo encuentre bien. Le escribo estas líneas porque estamos ante un momento bisagra en la historia de nuestro Sistema Previsional. Mi intención es que ud pueda contar con algunos argumentos que considero de suma importancia, para analizar y tomar posición sobre el proyecto de ley que recientemente ha remitido el Poder Ejecutivo al Parlamento, bajo el titulo de ficción “Reparación Histórica para jubilados y pensionados”. Más que “Reparación Histórica” creo que de apoyar tal iniciativa estaremos cometiendo un “Error Previsional Histórico”. Trataré de explicarme de la manera más clara posible. Apelo a su paciencia, puesto que el proyecto es realmente enorme y toca más tópicos que el tango “Cambalache”.
En primer lugar y antes que nada Presidenta, lo que resulta increíble es que se hable de reparación histórica. Si hay un proyecto que ha reparado la situación previsional en nuestro país es el iniciado el 25 de Mayo del 2003, cuando Argentina tenía poco más de 3 millones de jubilados y la jubilación mínima era de $200. Hoy tenemos casi 6 millones y medio de jubilados.

La tasa de cobertura llega prácticamente al 100% y casi la mitad de esos jubilados cuentan hoy con un haber debido a las sucesivas moratorias previsionales implementadas entre 2003 y 2015.

Algunas veces se escuchan voces “indignadas” porque más de la mitad de los jubilados cobran la mínima. Tal vez su sincera “indignación” no les permite recordar que antes del 2003 la mitad de esos abuelos en edad de jubilarse no lo podían hacer. Aunque sea de Perogrullo: para mejorar el nivel de los haberes jubilatorios es necesario que primero los jubilados tengan un haber. Casi una obviedad. Pero como ud siempre dijo, en la Argentina hasta lo obvio es necesario decirlo.
Tampoco tal vez recuerdan los aumentos continuos decretados desde el año 2003 para todos los jubilados, luego de que en nuestro país se llegó a establecer por decreto el congelamiento de los haberes jubilatorios, congelamiento que duro años.
Pudimos llegar a la ley de movilidad jubilatoria con dos inéditos aumentos anuales para todos los jubilados y pensionados luego de haber reemplazado las AFJP para volver al sistema de reparto público y solidario. Ese es el sistema que nos permitió alcanzar no solo la cobertura previsional universal, sino también el mayor haber jubilatorio del continente.

Cabe recordar que muchas de estas medidas hubieran sido imposibles sin la Ley que permitió recuperar la administración de los recursos de los trabajadores en mano de las AFJP. Ley que fue sancionada, no nos olvidemos, sin el apoyo de la mayoría casi absoluta del arco opositor parlamentario, incluido el actual Gobierno.

Pero lo que más sorprende es que hoy se vuelva a la carga con estas promesas demagógicas. Recordemos que no hace mucho en Argentina se privatizaba YPF con la excusa de pagarle a los jubilados. El resultado de ese modelo fue que nos quedamos sin petróleo, sin jubilados y en fin, sin país Presidenta, el proyecto enviado por el Gobierno es, en realidad, una reforma tributaria encubierta y un manto de impunidad al escándalo global de los Panama-Papers.
Increíblemente, es la primera vez que al Parlamento ingresa un proyecto de reforma tributaria de carácter regresivo. Es decir, lo que está haciendo el Gobierno es usar a los jubilados y a las provincias de cortina de humo para hacer que los ricos dejen de pagar impuestos. Lisa y llanamente.

· El proyecto deroga el impuesto a los bienes personales, probablemente uno de los impuestos más progresivos que existen.

· Deroga el impuesto a la renta financiera (estrictamente, a la distribución de dividendos) que nosotros implementamos en 2013.

· No solo busca vender las acciones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, sino que además permite que se use ese dinero para hacer inversiones en el exterior. En criollo: a la fuga de capitales de los privados, le vamos a sumar la fuga de capitales de la ANSES; cualquier parecido con las AFJP, no es mera coincidencia.

· Y, por último, realiza un blanqueo de capitales que permite que los que blanqueen “exterioricen”, es decir, que no ingresen sus fondos al país, sino que simplemente declaren que los tienen en Panamá y que los van a seguir teniendo fuera del país.

Hay que reconocer que Cambiemos ha tenido un comportamiento perverso al presentar esto como una “reparación histórica” a nuestros jubilados. Pero Presidenta, esto no es ninguna reparación histórica. Esto es el primer paso para llevar a nuestro Sistema Previsional a la quiebra. Es el primer paso para vivir en un país más desigual, donde los ricos paguen menos impuestos y nuestros abuelos cobren haberes previsionales más bajos.
Entiendo perfectamente que en tiempos de Twitter, donde parece que los debates políticos tienen que durar 140 caracteres, decir esto puede significar ganarse la antipatía de las mayorías. Sin embargo fue ud quién en ocasión de esa batalla histórica que encabezó contra los fondos buitres, demostró que la mezquindad y la especulación mediática y política no son nunca buenas consejeras de los proyectos que buscan favorecer a las grandes mayorías. Y sé que ud, al igual que Néstor, no dejó sus convicciones en la puerta de la Casa Rosada. No las dejó cuando entró y tampoco las dejó cuando se fue.
Claramente manifestarse criticamente sobre algo que se presenta como una presunta “reparación histórica a nuestros abuelos” no tiene muy buena prensa (sobre todo en tiempos de impunidad mediatica, como la que goza el actual gobierno). Pero si hay algo que nuestro Gobierno no tuvo fue justamente buena prensa: siempre tuvimos más votos que rating. Y estoy seguro que tenemos que seguir por ese camino, no por el de las frases hechas que apuntan a “seguir haciendo bien las cosas que están bien y dejar de hacer las cosas que están mal”, verdadero tips de los “focus groops” y los asesores de imagen.

¿Por qué digo que este proyecto no es ninguna “reparacion historica” para nuestros jubilados, si no por el contrario , la destruccion del sistema previsional? Por dos razones: una que atañe a la cuestión Distributiva y otra que hace a la Sustentabilidad de nuestro Sistema Previsional.

La Razón de Carácter Distributivo
Presidenta, paradójicamente, nuevamente es el Poder Judicial, y no los papeles firmados por nuestro país, el que determina el tamaño de una deuda. Pero ahora no es un Juez de Nueva York, sino la corte local la que determina cuánto hay que pagarle a los jubilados. Y creo que esto lo hemos discutido alguna vez con ud y ha sido un tema que quedó abierto. Es que nunca nos pudimos poner de acuerdo sobre qué es peor: si un economista opinando sobre leyes o un abogado opinando sobre economía. Hoy lo que nos toca es hablar de esto último. ¿Qué dijo la Corte? Antes de ingresar a la función pública en el año 2011 con un grupo de investigadores del CONICET hicimos un estudio sobre los fallos Badaro-Ellif-Sanchez, que son los fallos que dan lugar a los reclamos de los jubilados. El estudio analizaba cómo se modificaban los parámetros distributivos del Sistema Previsional Argentino como resultado de la aplicación de esta nueva jurisprudencia en materia previsional. Cosas de economistas.
Hoy me parece más interesante resumir las conclusiones de ese estudio con el propio caso Badaro ¿Sabe ud cuánto terminó cobrando Badaro de jubilación gracias a los fallos de la Corte? El haber jubilatorio de Badaro en 2011 ascendía a los $55.000 por mes. De seguir con vida ¿sabe ud a cuánto asciende hoy la jubilación de Badaro? A más de $120.000 por mes. Creo que ud comprenderá que me den muchas ganas de tener un abuelo como ese.
Pero eso no es lo más grave. No, en serio. No es lo más grave. Lo más grave es que dolarizando e indexando las jubilaciones, que es lo que hacen los fallos, lo que el Poder Judicial buscaba era que el haber jubilatorio “sustituyera” el sueldo del trabajador. Esto no es solo un importante error conceptual, puesto que en un sistema solidario como el nuestro las jubilaciones no tienen nada que ver con la trayectoria laboral del jubilado. En un sistema solidario, los trabajadores de hoy le pagan la jubilación a los abuelos de hoy. Lo que cada trabajador aporta no va a una “canchito” que luego cuando le toque jubilarse va a poder romper. Eso eran las AFJPs, el sistema de capitalización, que rompieron el “chanchito” junto con la dignidad de nuestros abuelos y del Sistema Previsional. Decía que esto no es solo un error conceptual, sino que es un “error” de cálculo

¿Sabe ud cuánto fue el sueldo del trabajador que reemplazó a Badaro en su función activa cuando Badaro se jubiló? $9.500. Es decir, mientras que Badaro cobraba en el año 2010 una jubilación de $55.000, el trabajador que ocupó el puesto de trabajo del que Badaro se jubiló tenía un sueldo de $9.500. El Poder Judicial en lugar de asegurar el famoso 82% móvil hizo que con estos fallos estemos pagando jubilaciones que son el “579% móvil”.

Esa es la primera razón por la cual no estoy de acuerdo con el proyecto del Gobierno para reformar el Sistema Previsional: no es una “reparación”; es una destrucción ¿Quiere decir eso que las jubilaciones hoy son altas, que los jubilados son ricos, que no tienen que recibir aumentos? No, en lo absoluto. Pero acá viene la segunda razón: la Sustentabilidad del Sistema Previsional.
La Razón que Hace a la Sustentabilidad del Sistema
Lo que más me sorprende de todo este proyecto es el cinismo de atar ese pago a un “blanqueo” de capitales y a una reducción de impuestos a los más ricos ¿Por qué? Porque si hoy nuestros jubilados tienen un haber que no les permite muchas veces llegar a fin de mes, eso es el resultado de las cuentas en Panamá.

Cada vez que un argentino decide radicar una cuenta off-shore en un paraiso fiscal, lo que hace es dejar de pagar impuestos en nuestro país. En criollo: evade impuestos. Es mentira que las cuentas off- shore son fondos propios, es plata que le roban a todos los argentinos, sean jubilados o no. Cada vez que una gran empresa negrea su facturación, ocurre lo mismo. Y cada vez que un banco fuga divisas, también. Esos impuestos son los que permitirían que el Estado pagara jubilaciones más altas sin que la economía volcara. Si queremos jubilaciones como las de Dinamarca, necesitamos contribuyentes como los de Dinamarca.

Y esto no es un problema “cultural”; es un problema político. No es que los contribuyentes dinamarqueses sean más honestos que los contribuyentes argentinos. La diferencia es que en Dinamarca hay un Estado presente que controla, regula y sanciona a los evasores y fugadores.
Para que quede claro: lo que el proyecto de ley enviado por el Gobierno propone es: aumentarle las jubilaciones solo al 30% de los jubilados. Pero no a cualquier jubilado, si no al 30% que mas gana. Esto es el equivalente a 4 puntos porcentuales más del PIB, es decir, casi $200.000 millones más por año. Creo que acá tenemos que dejar toda la demagogia de lado, las especulaciones políticas, lo que “queda bien decir”. Presidenta, el discurso aguanta cualquier cosa, la economia no. En concreto: nuestro Sistema Previsional no soporta ese nivel de jubilaciones. Y me consta que ud Presidenta sabe perfectamente que esto es así. Por eso apelo a lo que yo creo es la principal característica que debe tener nuestro proyecto: la coherencia. Hace nada más que 2 años, ud firmó junto con el ex titular de la ANSES un documento cuyo título resulta de absoluta vigencia: “Inclusión o Privilegios”.
En ese documento, cuya versión completa puede ud consultar en el siguiente link: http://www.anses.gob.ar/archivos/publicacion/9a287bc3cd90e05ce04a99634b23c595111e5e42.pdf se señalan algunas cuestiones que me parece importante recodar para el actual debate: “En el esquema actual, las funciones que cumple el FGS van más allá de atenuar el impacto financiero que pudiera tener una evolución negativa de las variables sociales y económicas vinculadas al Sistema Previsional: el FGS está estratégicamente concebido para constituir un fondo de reserva de largo plazo para preservar el valor de las prestaciones previsionales y permitir una adecuada inversión de los recursos en beneficio del mantenimiento del Sistema de Seguridad Social y el mejoramiento de la economía del país” Lo central de este párrafo es lo que apunta al “mantenimiento del Sistema de Seguridad Social”.
El FGS no solo tiene que garantizar jubilaciones en momentos de crisis, sino que fundamentalmente tiene que garantizar un crecimiento económico que permita sostener la totalidad del Sistema de Seguridad Social. La Seguridad Social no son solo los jubilados. Son los niños y niñas de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, es el Conectar-Igualdad, los jóvenes del PROGRESAR, etc. ¿Quién dice que un jubilado “vale más” que un niño? Lo dice el actual Gobierno, con este proyecto. Más adelante en el mismo documento ud señalaba que las decisiones del Poder Judicial “afectan la sustentabilidad social y financiera del Sistema Integrado Previsional Argentino y genera situaciones de desigualdad entre los jubilados actuales que ponen en crisis la sostenibilidad del Sistema Previsional para los jubilados futuros”. Estas consideraciones son absolutamente válidas en la actualidad. Cumplir con los fallos del Poder Judicial, que dan lugar a jubilaciones que en muchos casos superan, con holgura, al sueldo del Presidente de la Nación, va a terminar en la quiebra de nuestro Sistema Previsional. Ese será el verdadero “plan bomba” y la “pesada herencia” que deberá enfrentar quién le toque conducir los destinos de la Nación en el próximo mandato presidencial.

Porque subir la inversión previsional al 30% de los jubilados que más cobran, elevar la edad jubilatoria de las mujeres y reducir en un 20% la jubilación mínima, derogar el impuesto a los bienes personales y al reparto de dividendos y promover un blanqueo de capitales que no obliga a los evasores a ingresar su dinero al país, es el sueño de aquellos que contribuyeron a destruir nuestro Sistema Previsional en un pasado no tan lejano.

Presidenta, escribo estas líneas, aún a riesgo de que ud, que tiene muy buena memoria, tenga este tema absolutamente claro. Porque este debate ya tuvo lugar en nuestro país. Fue durante el estallido de la Convertibilidad.
Ese sistema que les hizo creer a los argentinos que nuestra moneda era tan pero tan fuerte que garantizaba que si los trabajadores ahorraban en el “chanchito” de las AFJPs, entonces en el futuro iban a poder gozar de una jubilación como las que todos añoraban: una jubilación de privilegio. Al respecto, vale citar algunos argumentos que se escucharon por ese entonces, en ocasión de discutir la Ley 25.668 que puso fin a las jubilaciones de privilegio, en el Senado de la Nación: “Cuánta hipocresía y doble moral hay en la República Argentina. De repente, los que impulsaban los regímenes de derogación de jubilaciones de privilegio dicen “Pero, miren bien, porque hay algunos a los que hay que respetarles los derechos y garantías” ¡Por favor! ¡Cuánta hipocresía, señor Presidente!”.

Que quede claro Presidenta que con este proyecto vuelven no solo las jubilaciones de privilegio, sino que también estamos creando los “contribuyentes de privilegio”: aquellos que evadieron y fugaron van a poder dejar su dinero en el exterior y no van a pagar más impuestos.

En ese mismo debate, también se escuchó en el Senado de la Nación que: “No es cierto que se trate de litisconsorcio, de formas, de abogados. Es verdad que los abogados hacen pingües negocios; pero los jueces también son abogados y también hacen negocios”. No hace falta citar a la Senadora que esgrimió estos argumentos, puesto que tengo claro que Ud. recuerda siempre muy bien sus propias palabras. Esto viene a colación de otro punto que me interesa señalar, que es el de la litigiosidad.
Los fallos que dan lugar a estos haberes previsionales no fueron ajenos a la controversia y al escándalo. Además de los abultados negocios que generaron a algunos estudios jurídicos a los cuales se les descubrió conexiones son algunos de los autores de estos fallos, la propia Corte Suprema en el año 2014 revocó 34 cautelares que aplicaban estos fallos. ¿La razón? El alto tribunal considero “no satisface el criterio de excepcionalidad y mesura, en particular porque una abrumadora mayoría de los temas que se discuten en el fuero de la seguridad social son de naturaleza alimentaria y muchos de los litigantes son de avanzada edad”. En ese momento, la Corte se encargó de aclarar que las 34 cautelares suspendidas eran de “jubilaciones altas” y que, por tanto, el criterio aplicado no era considerado justo. O sea, no se trataba de jubilados que no podían llegar a fin de mes, sino que estábamos hablando de jubilaciones de valores exorbitantes.
Este fallo de la Corte fue firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Carlos Fayt, mientras que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda no lo firmaron. Pero no me quiero extender en esto, puesto que si no sería un economista hablando de leyes. Lo que sí quiero señalar es que esta jurisprudencia existe al día de la fecha. Por lo tanto, si la ley fuera aprobada, no es cierto que esto vaya a terminar con la litigiosidad previsional.

El Gobierno actual está simplemente ofreciendo un acuerdo voluntario que implica una quita para el jubilado de entre el 30% al 60% del haber que surge de estos fallos. Es algo así como la quita que nosotros le hicimos a los buitres, pero en este caso, increíblemente, Cambiemos se la aplica a los jubilados.

Por lo tanto, lo más probable es que los estudios jurídicos que llevan adelante estos litigios les recomienden a sus clientes que continúen con el juicio, puesto que si se sigue aplicando la misma jurisprudencia su haber jubilatorio podría ser del más del doble de lo que ofrece esta pretendida “reparación histórica”.
El Blanqueo
Al parecer, todos los que fuimos partes del gobierno anterior no podríamos estar en contra de un blanqueo. Eso es, directamente, una ridiculez. Presidenta, voy a hacer algo que es muy demandado, pero poco practicado en estos momentos: autocrítica. Nuestro blanqueo no obtuvo los resultados que habíamos previsto. Y eso fue por falta de pericia de los funcionarios que lo diseñamos. Claramente, nosotros no éramos ni somos especialistas en blanquear, porque no éramos ni somos especialistas en negrear. Para saber cómo volver a traer dinero negro al país, hay que primero entender cómo sacarlo. Para esto el actual Gobierno tiene “el mejor equipo de los últimos 50 años”, así que es muy probable que el blanqueo actual sea mucho más “exitoso” que el nuestro. Claro que esto depende de a qué se llame “éxito”. Me explico.
El proyecto actual de blanqueo no solo permite que los familiares de los funcionarios públicos (actuales y pasados) blanqueen, sino que además pone una mordaza a cualquier periodista que piense en desatar los “Argentina-Papers”. Si esta ley se aprueba, será la garantía de impunidad de aquella parte de nuestra clase política que evadió al fisco. Esto es, directamente, inaceptable. Pero, además, hay aspectos que son aún más preocupantes.
Nuevamente: este blanqueo no obliga a ingresar el dinero al país. Ergo, su efecto sobre la economía va a ser muy bajo. Si el Gobierno quiere la famosa “lluvia de dólares”, deberían dejar de escupir para arriba: nadie en su sano juicio va a ingresar dólares a la economía argentina en un contexto de recesión, inflación que se acelera, altas tasas de interés y despidos masivos.

Si hoy sobran los dólares, es sencillamente porque faltan los pesos. Lo complejo era resolver la escasez de dólares sin sacarle los pesos del bolsillo a la gente. Haciendo esto último, resulta muy fácil desarmar falsos cepos.

Por último, el Gobierno argumenta que este blanqueo va a ser exitoso porque después de 2016 se terminan las Guaridas Fiscales en el mundo. Esto es sencillamente falso. En primer lugar, si en el mundo dejaran de existir las Guaridas Fiscales, entonces estaríamos terminando con el capitalismo. La situación actual no parece indicar que fuéramos a tener una revolución de esa magnitud.

Pero, para peor, ni EEUU ni Suiza van a participar de los intercambios de información. Esto quiere decir que esos dos países van a ser las dos únicas Guaridas Fiscales que van a persistir y que, por ende, van a concentrar la totalidad de los fondos negros del mundo.

Por último, se encuentra el tema de los intercambios de información entre jurisdicciones cooperantes. En castellano: cuando nosotros desde el Gobierno hicimos un intercambio de información para descubrir cuentas de argentinos en el exterior, nos dijeron que no había ninguna. No fue sino hasta la aparición de Falciani que pudimos saber de las 4.040 cuentas de argentinos en el exterior (instrumentadas a través del banco HSBC), cosa que nuestro intercambio de información había negado.
Por todo lo anterior Presidenta, creo que nuestro proyecto se tiene que manifestar absolutamente en contra de todo este paquete legislativo que busca, mediante la demagogia y los golpes bajos, quebrar el Sistema de Seguridad Social de nuestro país y perdonar eternamente los impuestos que pagan los sectores más privilegiados.
De lo contrario, cuando en el futuro tengamos que discutir en el Parlamento sobre cómo saneamos nuestro Sistema de Seguridad Social, cargaremos sobre nuestras espaldas con la responsabilidad de haber contribuido a su quiebra. Y por si todo ello fuera poco, con haber votado la impunidad de los escándalos del Panama-Papers y de las 4040 cuentas del HSBC.
Seria un triste y solitario final para quienes a partir del 25 de Mayo del 2003 representaron en el Congreso Argentino a un Proyecto Político y de país que se hizo cargo de Argentina “sin beneficio de inventario”, como le gusta decir a ud.

Con del default mas grande de la historia mundial y una deuda externa que representaba el 150% de nuestro PBI. Con la deuda interna de una desocupacion de dos digitos. Abuelos sin cobertura previsional y los que la tenian, con jubilaciones y pensiones de hambre en su inmensa y absoluta mayoria. Con compatriotas que hacian colas en las embajadas para irse del pais Con la impunidad, consagrada por leyes del parlamento, de los responsables de los mayores delitos de lesa humanid de nuestra historia.

Podría seguir enumerando calamidades, pero no quiero distraer su tiempo con cosas que usted conoce mejor que yo por la responsabilidad institucional que le toco desempeñar no solo como Presidenta sino, también como Legisladora Nacional.


jueves, 18 de junio de 2015

ABOGADOS Mar del plata ESTUDIO JURÍDICO DIGNANI y Asoc.

DERECHO LABORAL

Despidos, Indemnizaciones, Trabajo en Negro,
Falta de Aportes, Diferencias Salariales, Sanciones,
Accidentes y Enfermedades del Trabajo, Suspensiones,
Daños y Perjuicios Vinculados al Contrato Laboral.
Seguridad Industrial. Contratos Laborales. Convenios Colectivos de Trabajo.
Reclamos ante todas las A.R.T del País.
Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Representación en Ministerio del Trabajo, Juzgados y Tribunales Laborales.

ACCIDENTES de TRANSITO

Especialistas en atención a víctimas de accidentes de tránsito.
En reclamos por daños físicos, materiales, estéticos y psicológicos.
Reclamos ante compañías aseguradoras.
Revisación médica legista a los efectos de establecer la real
incapacidad de la víctima y su especial reparación económica.
Inmediata negociación frente a compañías aseguradoras.

DERECHO CIVIL

Accidentes de Tránsito. Casos de responsabilidad por daños y perjuicios.
Accidentes Ferroviarios, Cuestiones patrimoniales. Ejecuciones Hipotecarias.
Contratos Civiles. Consorcios de Propiedad Horizontal. Sucesiones.
Compra venta de inmuebles. Escrituraciones. Usucapión.

DERECHO DE FAMILIA

Divorcios por Presentación Conjunta o Contradictoria.
Alimentos Aumento o Disminución de Los Mismos.
Disolución de La Sociedad Conyugal, Separación de Bienes,
Homologación de Acuerdos. Régimen de Visita, Fijación o Modificación.
Tenencia de Hijos Menores. Tenencia Compartida.
Patria Potestad. Tutelas. Adopción. Curatelas. Filiaciones.
Impugnación de Paternidad. Reconocimiento de Hijos.
Nulidad del Matrimonio. Rectificación de Partidas.
Asistencia a las Víctimas de Violencia Familiar.

DERECHO PREVISIONAL

Jubilaciones de amas de Casa y Autónomos 
Se jubila CON ó SIN APORTES.
Hombres: con más de 65 años
Mujeres: con más de 60 años
EXTRANJEROS: con 30 años de residencia en
el país sólo con la edad.

Jubilaciones para Regímenes especiales:
Construcción, Frigoríficos, Telecomunicaciones, Transportistas, Portuarios,
Embarcados, Ferroviarios, Policía Federal, Docentes, etc.
Pensiones directas (Cuando el Causante estaba en Actividad)
Pensiones derivadas (Cuando el fallecido era jubilado)
Pensiones por incapacidad (Requisito 66% de incapacidad)
Retiro por Invalidez
Reconocimiento de Servicios
Reajustes de Haberes ante Anses, LEY 18037, 18038, 24241 etc. (etapa administrativa y judicial)
Reajuste de Haberes ante PFA (etapa administrativa y judicial)
REAJUSTES DE HABERES I.P.S.
Instituto de previsión social de la provincia de Bs. As.
“Atención personalizada
Atención: Lunes a Viernes de 12 a 16 hs.
Av. Pedro LURO 3588 Of. 5  (Mar del Plata) 

TE: (+54) 0223-474-2793

E-mail: estudiodignani@hotmail.com

Pag. WEB: 
www.abogados-mardelplata.blogspot.com
www.aabogados.blogspot.com
www.abogados-estudio-juridico.blogspot.com
www.jubilacion-pension-mar-del-plata.blogspot.com
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jueves, 19 de marzo de 2015

Colapso de Expedientes por Aluvión de Demandas de Reajustes Jubilatorios

Colapso de Expedientes por Aluvión de Demandas Jubilatorias

A través de un comunicado, el Fuero Federal de la Seguridad Social advirtió que se continúa profundizando la crisis en el tratamiento de expedientes por su notable incremento tanto en su procedimiento como para su ejecución.

Asimismo, se llevó a cabo una reunión entre el presidente de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Bernabé Lino Chirinos y el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, para evaluar el problema.

Además, se señaló que la situación llegó a la clasificación de “colapso” por el cúmulo de expedientes, la falta de personal en las diversas áreas y las deficiencias edilicias que mantiene el Fuero.

Por su parte, el comunicado detalla que “en 2009 se sortearon 128.650 expedientes, en 2010, 132.981 y en 2011, 133.741”  lo que da cuenta del incremento progresivo que ha sufrido la tramitación de causas.

Además, el comunicado sostiene que la avalancha demora las demandas del universo de litigantes de edad avanzada, lo que perjudicaría a los beneficiarios que en muchos casos no cuentan con la posibilidad de experimentar la sentencia final.

Cabe destacar que el alud de causas de segunda instancia sufrió un incremento del 77,41% desde el 2009 al 2011. Por otra parte, el fallo Badaro de 2007 fue un antecedente fundamental que contribuyó al rápido colapso del sistema.

Con el antecedente mencionado, miles de jubilados reclamaron lo mismo que Badaro, obteniendo sentencias favorables. En la actualidad se calcula que hay unas 500.000 demandas de jubilados en la Justicia.
Publicado por Abogados.com.ar

domingo, 2 de marzo de 2014

Las Pensiones Graciables no Podrán ser Tramitadas por Legisladores en el Congreso

La Ley de Presupuesto 2012 había contemplado la temática de las pensiones graciables y, por tal motivo, los presidentes de las cámaras de senadores y diputados, Amado Boudou y Julián Domínguez respectivamente, determinaron la interrupción de su tramitación en el Congreso.


De esta manera y a través de una resolución conjunta, se suspende el inicio de las pensiones graciables por parte de los legisladores, lo cual se encuentra contemplado en el artículo 1 de la ley 13.337. Además, la normativa afecta la recepción de peticiones particulares.


Las autoridades del Parlamento señalaron que "la moratoria previsional, la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, la sanción de la Ley de Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), han consolidado el Sistema de Seguridad Social en nuestro país".


Por este motivo, se señaló como necesario que se reformule el régimen de pensiones previsto en la Ley 13.337 con el fin de adecuarla a los marcos normativos actuales y vigentes relacionados con el ámbito de la seguridad social.


Cabe señalar que dicha legislación data de 1948 y establecía que los diputados y senadores podían peticionar distintas pensiones –con una duración de diez años- pudiendo ser prorrogadas.


Así, los legisladores ya no podrán iniciar el trámite de pensiones graciables para luego remitirlas al Ministerio de Desarrollo Social, encargado de aprobar la tramitación del beneficio y abonarlo.
Publicado por Abogados.com.ar

miércoles, 29 de febrero de 2012

Intimación Para Que Inicie Los Trámites Jubilatorios

La Justicia Laboral ordenó a la AFIP que se abstenga de continuar con las intimaciones y apercibimientos destinadas a que un un trabajador hombre inicie los trámites jubilatorios, cuestión discutida en el juicio principal. El Tribunal consideró que existía "un claro peligro en la demora” y “humo de buen derecho”.

La Sala X de la Cámara del Trabajo confirmó la resolución de grado que dictó una medida cautelar de no innovar en contra de la AFIP, para que la entidad suspenda los emplazamientos y apercibimientos realizados a un trabajador, con el fin de intimarlo para que inicie los trámites jubilatorios.

De modo puntual, los magistrados indicaron que la medida cautelar de no innovar era procedente porque "el mantenimiento del emplazamiento y los apercibimientos efectuados en la resolución administrativa cuyo acierto se discute, incidirá decisivamente en la eficacia de la decisión de fondo a dictarse".

En el caso, un dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) solicitó que se dicte una medida de no innovar para que la entidad suspenda la aplicación de la Disposición 439/89, en virtud de la cual se lo intimaba jubilarse. Luego, el dependiente interpuso una demanda para cuestionar su supuesta obligación de jubilarse.

Entre tanto, la demandada planteó un pedido de caducidad de la medida de no innovar. El juez de grado admitió la petición del actor y ordenó la cautelar requerida. Además, rechazó la caducidad solicitada por la AFIP. Entonces, la entidad demandada interpuso un recurso de apelación para cuestionar las dos resoluciones en su contra.

Primero, el Tribunal Laboral afirmó que "el presupuesto esencial de una medida de no innovar" es "impedir que el pronunciamiento a que se arribe pierda su virtualidad en función del tiempo transcurrido entre el pedimento y la sentencia definitiva".

Dicho eso, la Cámara señaló que, las intimaciones para que el actor se jubile implicaban "un claro peligro en la demora, a lo que debe añadirse que las características de la controversia permiten avizorar la existencia del humo de buen derecho, unánimemente exigido por la doctrina y la jurisprudencia para admitir las medidas precautorias".

Además, los magistrados explicaron que las argumentaciones de la demandada al recurrir estaban "referidas a aspectos sustanciales de la contienda", y por ende, "no podrían ser valoradas en esta etapa, máxime que tampoco resultan suficientes como para desvirtuar la verosimilitud del derecho esgrimido por el demandante, dicho esto, obviamente, desde la óptica provisoria que exige la naturaleza de la incidencia".

Entre tanto, con relación a la imposición de costas por la desestimación de la caducidad de la medida cautelar, la Justicia de Alzada admitió la queja de la AFIP y destacó que "no existe constancia de que la accionada conociera que se había iniciado la acción principal en los presentes actuados, y consecuentemente, pudo considerarse con derecho a plantear dicha caducidad, lo que justifica la imposición de costas por su orden".

Por lo tanto, la Cámara del Trabajo decidió rechazar la apelación de la AFIP en cuanto cuestionó la medida de no innovar ordenada en primera instancia. Sin embargo, modificó la imposición de costas por la desestimación de la caducidad de la cautelar y las fijó según el orden causado.
Publicado por diariojudicial.com

domingo, 19 de junio de 2011

Estimados Amigos y Clientes:

Nos dirigimos a ustedes a fin de notificarle el nuevo domicilio del Estudio Jurídico DIGNANI y Asoc.

A partir del dia 1° de Julio del corriente año los atenderemos en:

Av. LURO 3588 Of. 5 en Horario corrido de 9 a 18 hs.

PD: Manteniendo el teléfono N° 0223-474-2793 

Email: estudiodignani@hotmail.com

lunes, 16 de mayo de 2011

JUBILACION AMAS DE CASA, CON 60 AÑOS, SIN APORTES, SIN PAGAR DE CONTADO.

SIN APORTES, SOLO CON UNA CUOTA. 


Para acceder al beneficio de jubilación de amas de casa, 
la solicitante deberá reunir el requisito de 60 años de edad. 


CONSULTE. 


Atención: Lunes a Viernes de 9 a 18 hs.
Av. LURO 3588, Oficina 5  (Mar del Plata)

TE: (+54) 0223- 474-2793

E-mail: estudiodignani@hotmail.com 

jueves, 13 de septiembre de 2007

JUBILACIONES, PENSIONES, REAJUSTES DE HABERES ANSES MAR DEL PLATA

ABOGADOS en MAR DEL PLATA, ESTUDIO JURIDICO

DIGNANI & ASOC.





Jubilaciones para Regímenes especiales:
Construcción, Frigoríficos, Telecomunicaciones, Transportistas, Portuarios,
Embarcados, Ferroviarios, Policía Federal, Docentes, etc.
Pensiones directas (Cuando el Causante estaba en Actividad)
Pensiones derivadas (Cuando el fallecido era jubilado)
Pensiones por incapacidad (Requisito 66% de incapacidad)
Retiro por Invalidez
Reconocimiento de Servicios
Reajustes de Haberes ante Anses, LEY 18037, 18038, 24241 etc. (etapa administrativa y judicial)
Reajuste de Haberes ante PFA (etapa administrativa y judicial)
REAJUSTES DE HABERES I.P.S.
Instituto de previsión social de la provincia de Bs. As.


Jubilaciones de amas de Casa y Autónomos
Se jubila CON ó SIN APORTES.
Hombres: con más de 65 años
Mujeres: con más de 60 años
EXTRANJEROS: con 30 años de residencia en
el país sólo con la edad.  

Atención: Lunes a Viernes de 9 a 18 hs.
Av. LURO 3588, Oficina 5,  (Mar del Plata)

TE: (+54) 0223- 474-2793

E-mail: estudiodignani@hotmail.com